14-03-2020
ARTÍCULO 1°: Suspéndase, por tiempo indeterminado, todo evento masivo organizado por la Municipalidad de Villa Gesell o que organizado por terceros requiera habilitación, autorización o permiso municipal, como así también toda actividad social, educativa, deportiva y cultural municipal que implique la concurrencia de población de riesgo.
ARTÍCULO 2º: Suspéndanse los procedimientos administrativos que se estén llevando adelante como consecuencia de los eventos y actividades mencionados en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º: Instrúyase a la Secretaría de Salud a llevar a cabo todas las acciones que considere necesarias a los efectos de concientizar y prevenir a la población respecto de los alcances y efectos del coronavirus (COVID-19).
ARTÍCULO 4º: SUSPENDANSE todas las reuniones de cultos que convoquen a más de cincuenta (50) personas.
ARTÍCULO 5º: SUSPENDANSE todos los eventos que convoquen a más de cincuenta (50) personas, en lugares cerrados, actividades comerciales, privadas, cines, teatros, complejos bailables, bares y restaurantes.---
ARTÍCULO 6º: SUSPENDANSE en los hoteles las actividades en piletas cerradas.
ARTÍCULO 7º: Los hoteles y hospedajes que reciban a turistas de los países de circulación viral deberán comunicarse con la Secretaría de Salud o con el número 107.
ARTÍCULO 8º: RECOMIENDASE a los comercios gastronómicos espaciar las mesas en espacios cerrados.