30-11-2020
Asimismo, se indica que los establecimientos señalados deberán fijar el número domiciliario del comercio en el acceso al local y a la vista del público en general de acuerdo con lo determinado por el decreto 1941/20. En caso de desconocer la numeración, deberá solicitarse mediante correo electrónico a catastro@gesell.gob.ar
A tal fin, deberán ingresar a www.arvige.gob.ar, dirigirse al icono respectivo, consultar la normativa vigente y efectuar el trámite respectivo.