27-04-2022
Se recuerda que para acceder al beneficio determinado por el Art 182 la Ordenanza Fiscal 2156/08 y cc se deberá cumplir con la emisión de una ticket-factura de $0.50 en la fecha de cada una de las visitas que se desarrollaran a lo largo del año 2022.(Facturas electrónicas -previa visita del censista- deberán ser enviadas a abiertoanualcomercio@gesell.gob.ar )
En ningún caso se acreditará el beneficio si no se cuenta con la documentación antes descripta.