09-03-2016
El Director de Medio Ambiente, Gonzalo Vázquez, explicó que podrán ser utilizadas las bolsas de material biodegradable, papel reciclado, bolsas de malla reutilizables, o tela.
Se exceptúan de la prohibición las bolsas destinadas exclusivamente a contener alimentos húmedos o comestibles que no estén previamente envasados, llamadas transparentes de bobina o arranque.
El incumplimiento de la vigente ordenanza será plausible de infracciones.
ORDENANZA NRO 2602
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