17-11-2017
El Pliego de Bases y Condiciones es claro, en el Art. 15 expresa: “A fin de proceder a la readecuación del valor del boleto, el Concesionario deberá presentar ante el Honorable Concejo Deliberante, la documentación que respalde las variaciones en los componentes tarifarios y en los subsidios que percibe del Estado Nacional y/o Provincial.”
Ante esta situación, y a fin de no validar situaciones contrarias a derecho, el Intendente, Gustavo Barrera, decretó la suspensión de la Audiencia Pública convocada para el martes 21 de noviembre, a las 9 de la mañana, en el Centro Cultural Pipach, hasta tanto la empresa “El Último Querandí” SRL. acompañe ante el Honorable Concejo Deliberante, la documentación exigida por en el Pliego de Bases y Condiciones.