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13-12-2023

JORNADA DE VALORACIÓN Y REVISIÓN DE ACUERDOS INSTITUCIONALES DE CONVIVENCIA

La Inspectora Distrital de Educación, Carla Bevacqua, la Inspectora de PCYPS Claudia Rio, la Inspectora de Artística, Mariana Genovese, el Inspector de Técnica, Gabriel Firpo, y el Inspector de Gestión Privada, Cristian Arriagada, realizaron una nueva instancia de valoración y revisión de los Acuerdos institucionales de Convivencia (AIC).

Todas las escuelas del nivel secundario de la provincia de Buenos Aires, tanto de gestión privada como estatal, deben contar con un Acuerdo Institucional de Convivencia elaborado por la comunidad educativa. En el proceso de construcción del AIC deben participar los y las estudiantes, cuyos deseos y decisiones deben ser tenidos en cuenta. Esto está reglamentado a través de la Resolución 1235/23.


Tanto las leyes de educación Nacional (26.206) como Provincial (13.688) promueven la participación de los y las estudiantes en el ámbito escolar. Además, la Resolución 1235/23 establece su participación democrática en la construcción del Acuerdo Institucional de Convivencia.
Ante un problema o conflicto, las y los jóvenes no pueden perder su derecho a estudiar. La Ley de Educación Nacional (26.206) y la Ley de Educación Provincial (13.688) establecen la obligatoriedad de la Escuela Secundaria y el derecho a estudiar. Según la resolución 1235/23 los AIC deben garantizar la obligatoriedad del sistema.
Las legislaciones también establecen que los y las estudiantes deben tener acceso al AIC de su escuela. Las instituciones escolares deben garantizar que el AIC sea un documento público y democrático que circule entre toda la comunidad educativa, ya sea de forma digital o en papel.
Los Acuerdos de Convivencia se construyen a partir del diálogo entre todos los actores que forman la comunidad educativa, por lo que es el resultado de un consenso. Lo que busca es alcanzar acciones reparadoras, enfatizando en la reflexión y el vínculo con las y los otros.
Cada escuela debe contar con un Consejo Institucional de Convivencia (CIC). Un Consejo Institucional de Convivencia (CIC) debe contar con la representación de toda la comunidad educativa. El CIC debe estar conformado por el/ la director/a, representantes de las/os docentes, representantes de las y los estudiantes y personal del Equipo de Orientación Escolar.
Todos tienen que ser elegidos de manera democrática. Todo lo que se explicite en los AIC debe estar en el marco de las leyes de educación Nacional y Provincial, de ninguna manera se podrán plantear acciones que pongan en riesgo la obligatoriedad escolar, ni adjudicar a las y los estudiantes un grado de responsabilidad mayor a los que la ley otorga fuera de la escuela.
Los AIC no pueden construirse por fuera de la normativa vigente.